"...De lo expresado anteriormente, se advierte que la tesis de la SAT se sustenta en argumentos que no se ajustan a la realidad, pues la Sala en ninguna parte de sus razonamientos, en cuanto a este ajuste, le reconoció valor de plena prueba a los recibos en donde se hace constar el pago de sueldos y dietas. Lo que se indica en la sentencia es que se ponderó esa prueba con los hechos demostrados en el transcurso del proceso, pero no se le atribuye una valoración específica como lo señala la recurrente.
En virtud de lo expuesto, se concluye que la tesis carece de sustento, pues se fundamenta en que supuestamente se atribuyó un valor equivocado a los relacionados medios de prueba, situación que como pudo apreciarse, no aconteció en la sentencia, por lo que no puede acogerse la tesis, ya que la SAT pretende atribuir a la sentencia impugnada, errores inexistentes. De ahí que por tales razones el submotivo invocado es improcedente y debe desestimarse el recurso de casación..."